PROCEDIMIENTO PARA LEVANTAMIENTO DE UN FUERO
Una vez obtenida la definición de
Fuero Sindical, procedemos a explicar el Procedimiento de Levantamiento de Fuero Sindical.
Para que un empleador pueda despedir a un trabajador con Fuero Sindical lo debe hacer por medio de una acción de Levantamiento de Fuero Sindical, la cual se debe presentar a un Juez Laboral. Cabe recordar quienes son las personas que tienen ese fuero, así:
Para que un empleador pueda despedir a un trabajador con Fuero Sindical lo debe hacer por medio de una acción de Levantamiento de Fuero Sindical, la cual se debe presentar a un Juez Laboral. Cabe recordar quienes son las personas que tienen ese fuero, así:
- Los Adherentes
- Los Fundadores
- Miembros de la Junta Directiva
- Miembros de la Junta Seccional
- Miembros de la Comisión Estatutaria de Reclamos
Fuero Sindical Tomada de: Google Imágenes
Para esta solicitud se debe presentar una demanda, la cual
puede ser admitida, inadmitida o rechazada. Si ésta es admitida el juez de conocimiento ordena correr traslado es decir poner en
conocimiento al trabajador demandado y dentro de los 5 días hábiles siguientes
citará audiencia.
La contestación de la demanda se hace dentro de la audiencia,
en esta misma, el juez profiere el fallo. Solo se puede conciliar si así lo
deciden las partes. Este proceso cuenta con segunda instancia y el Tribunal
cuenta con 5 días hábiles siguientes al recibo del proceso y ésta se notifica
por edicto. Con la decisión que tome el tribunal no procede recurso alguno.
Referencias:
Secretaria del Senado (CST-SS) Código Sustantivo del Trabajo rf. Artículos 13, 25, 26, 31, 41, 113, 118, 114, 117, 118 y 405 obtenido de http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_sustantivo_trabajo_pr001.html
Corte Constitucional Republica de Colombia, Sentencia T-220/12 obtenido de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/T-220-12.htm
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