Beneficios para un trabajador que no hace parte del sindicato de la empresa

   

   El Código Sustantivo del Trabajo en su Artículo 471 Extensión a terceros, manifiesta que durante la creación de un sindicato y el despliegue de peticiones plasmadas en una convención colectiva en busca de beneficios para sus afiliados, fuere la tercera parte de trabajadores o más de los que se encuentran sindicalizados, los efectos de la convención colectiva en este caso favorece con los mismos beneficios a los demás empleados de la empresa.

        Es así que la Ley 50/1990 en su artículo 68 aduce que si un trabajador no es perteneciente al sindicato pero en cierta forma se ve beneficiado de la convención colectiva  (Extensión a terceros articulo 471 CST), deben hacer unos aportes mensuales al sindicato. (Alexander Coral 2011).


Actualicese.com. (2011). Beneficios para un trabajador que no hace parte del sindicato de la empresa [Video]. https://www.youtube.com/watch?v=6iYHnf7hZzA



Aporte realizado por: Est. John Harold Rodriguez Marulanda Cod.1712410011

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