Beneficios para un trabajador que no hace parte del sindicato de la empresa
El
Código Sustantivo del Trabajo en su Artículo 471 Extensión a terceros,
manifiesta que durante la creación de un sindicato y el despliegue de
peticiones plasmadas en una convención colectiva en busca de beneficios para
sus afiliados, fuere la tercera parte de trabajadores o más de los que se encuentran
sindicalizados, los efectos de la convención colectiva en este caso favorece
con los mismos beneficios a los demás empleados de la empresa.
Es así que la Ley 50/1990 en su artículo
68 aduce que si un trabajador no es perteneciente al sindicato pero en cierta
forma se ve beneficiado de la convención colectiva (Extensión a terceros articulo 471 CST),
deben hacer unos aportes mensuales al sindicato. (Alexander Coral 2011).
Actualicese.com. (2011). Beneficios para un trabajador que no hace parte del sindicato de la empresa [Video]. https://www.youtube.com/watch?v=6iYHnf7hZzA
Aporte realizado por: Est. John Harold Rodriguez Marulanda
Cod.1712410011
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